Por medio de la Ordenanza Nº 3623/10 el Honorable Concejo Deliberante de Trenque Lauquen exime del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la red Vial Municipal para el ejercicio fiscal 2011. Los interesados en percibir este beneficio deben acercarse al área de Desarrollo Humano, en el Primer Piso del Palacio Municipal, de lunes a viernes de 7 a 13 hs Podrán presentarse quienes reúnan las siguientes condiciones: • Propietarios de los inmuebles rurales inundados y/o salinizados en más del 50 por ciento de su superficie y que no registren deudas en esa tasa al 31 de diciembre de 2010. perderán este beneficio los propietarios de inmuebles donde se facilite la pesca clandestina. Para acceder al beneficio se deben presentar en la Municipalidad un dibujo del campo con la subdivisión correspondiente, número de partidas, bosquejo de la laguna existente y porcentaje de eximición que se solicita. El plazo de presentación vence a los 5 días hábiles del vencimiento de la cuota. • Bomberos – Instituciones y Cuerpo Activo. El Municipio exime en el 100 por ciento del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública a los integrantes del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios que sean titulares de una vivienda única y de ocupación permanente • Iglesias y cultos. Se exime durante 2011 del pago total de la tasa por limpieza y conservación de la vía pública a los inmuebles pertenecientes a la Iglesia Católica y demás cultos religiosos reconocidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos de la Nación, salvo los establecimientos educativos. • Jubilados y pensionados. Se exime, a jubilados y/o pensionados, dueños de vivienda única y de ocupación permanente, cuyo grupo familiar perciba un ingreso mensual de hasta un sueldo básico de la Administración Municipal, del 100 por ciento de la tasa por Limpieza y conservación de la vía pública”. La presentación se realiza hasta el 26 de enero (20 días hábiles luego de la promulgación de la Ordenanza). • Instituciones de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia y las de cultura física. La misma tasa puede eximirse a todas aquellas asociaciones, fundaciones y/o entidades civiles de asistencia social, salid pública, asociaciones gremiales con personería gremial, caridad, beneficencia, las de cultura física (como clubes de deportes) y entidades culturales. • Discapacitados. Se exime del 100 por ciento de la tasa de Limpieza y conservación de la vía pública, a los discapacitados que acrediten mediante sentencia firme, propietarios i usufructuarios de vivienda única y de ocupación permanente cuyo grupo familiar perciba en conjunto un ingreso mensual de hasta un salario mínimo municipal. • Indigentes. Se exime del 100 por ciento de la tasa por Limpieza y conservación de la vía pública a los contribuyentes que se hallen en estado de indigencia, como así también a quienes tengan problemas de salud, y que acrediten la situación. • Pedidos de informes derivados de trámites judiciales y/o administrativos iniciados por entidades provinciales. Se exime del ejercicio fiscal 2011 de la tasa por derecho de oficina a los pedidos de informes ingresados por dependencias oficiales de la Provincia. • Inmuebles propiedad de la Provincia de Buenos Aires. Se exime por el ejercicio 2011 de la tasa por Barrido y recolección de residuos a los inmuebles destinados a servicios educativos, de salud, de justicia, y de seguridad. • Eximición de tasa por derecho de construcción. Se establece un régimen de exención total del tributo municipal, durante el ejercicio fiscal 2011, a todos los emprendimientos que se proyecten en el distrito y que concluido, generen más de 10 puestos de empleo permanentes en su funcionamiento.