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El Departamento Ejecutivo, a través del Decreto Nº488/13 estableció por aplicación de las leyes Nacional 26.687 y Provincial 13.894, y la Ordenanza Municipal 2177/07, que queda prohibida la venta, exhibición, distribución y promoción de productos elaborados con tabaco en las Terminales de Ómnibus del Distrito de Trenque Lauquen.
Asimismo, el documento establece que queda prohibido fumar en todo ámbito de las terminales de ómnibus del distrito incluyendo el buffet, las oficinas de boleterías, baños, depósitos y toda otra dependencia de las mismas.
La norma busca que se cumplan con estándares adecuados de comodidad, higiene y seguridad integral. Por ello, se consideró prioritaria la preservación de la salud, exigiendo el cumplimiento estricto de la normativa.
El Municipio colocará cartelería en cantidad suficiente para indicar las prohibiciones y, habilitará los números telefónicos de la Dirección de Contralor Municipal (15612606 ó 15612650) y su dirección de correo electrónicocontralor@trenquelauquen.gov.ar , para que los vecinos puedan denunciar el incumplimiento de la normativa.