Luego de un relevamiento de las instalaciones del Cementerio de Beruti, de la realización de una encuesta a familiares de personas fallecidas cuyos restos se encuentran alojados allí y de analizar diferentes alternativas en el marco de la normativa (Ordenanza 4576/2016) existente que regula aspectos que hacen a su funcionamiento, el Departamento Ejecutivo decidió la creación de un Cementerio Parque dentro del predio del actual, al concluir que es la mejor manera de resolver los problemas planteados, adelantó el intendente municipal, Miguel Fernández.

Para esto, una vez desalojados los viejos nichos municipales –es necesario recordar que en el Cementerio de Beruti hay nichos administrados por la Cooperativa de Electricidad de Trenque Lauquen y que son los que actualmente están en uso- se definirá la manera más conveniente de acondicionar el espacio. Y concretada esa etapa en la comunidad berutense se podrá optar por la sepultura en el Cementerio Parque o en los nichos cooperativos.

El Municipio, por otra parte, ya hizo un convenio con la Cooperativa de Electricidad para la extensión de la red e instalación de un transformador para la colocación de dos luminarias de gas de sodio en la entrada al Cementerio. El del alumbrado público, junto a la reparación de los nichos de propiedad municipal, era otra las solicitudes recibidas hasta ahora.

 

. EL MARCO LEGAL

 

En cuanto a la reparación de los nichos municipales deteriorados por el paso del tiempo y las condiciones climáticas y ambientales propias del entorno, si bien las dificultades que presentan parecen, en principio, sencillas de resolver con una obra civil, es imprescindible conocer que hay una Ordenanza – 4576/2016- que regula y actualiza tales aspectos.

En la exposición de motivos ese instrumentos menciona que  “Por Ordenanza n°62/79 se dictó el Reglamento de Cementerios Públicos del Distrito de Trenque Lauquen. Asimismo, dicha norma fue complementada y/o modificada por las Ordenanzas modificatorias 146/80; 97/90; 608/93; 2515/04 así como por la Ordenanza Fiscal 93/88. También corresponde ajustar las normativas vigentes conforme a las disposiciones vigentes, Ley 14.078. Del análisis y evaluación de los diferentes textos normativos resulta necesario adecuar y unificar en un solo texto las exigencias de la nueva Ley la documentación requerida para la inhumación de un cadáver. Atento lo que antecede, y visto la necesidad de adecuar y actualizar toda la normativa, se ha procedido a confeccionar un proyecto de reglamento, incorporado al Expediente Administrativo N° 1246/16 que como Anexo I, se adjunta al Proyecto de Ordenanza puesto a vuestra consideración (Exp. N° 1159/93 HCD.)

A partir de este encuadre normativo y de las dificultades planteadas en el Cementerio fue que se estudiaron distintos caminos, entre ellos reparar los nichos o la creación de un Cementerio Parque. La reparación de los existentes sin remover los cajones es muy difícil, dado el daño estructural del armazón de hierro y el estado de la mampostería, además de que sería una solución efectiva por poco tiempo, por lo que se descartó.

 

. ENCUESTA A FAMILIAS

 

También es importante precisar qué dice el Artículo 47° de la Ordenanza mencionada: “Los nichos para ataúdes se acordarán en forma renovable anual hasta un máximo de veinte (20) años……..”

Cuando se revisó detalladamente la situación de los ataúdes albergados en los nichos municipales pudo constatarse que algunos corresponden a personas fallecidas en 1918, hace 103 años, y que, en conjunto, el promedio de años de alojamiento es de 35 años, casi el doble del máximo contemplado.

A partir de esa comprobación y de lo que indica el reglamento de uso del cementerio regulado por Ordenanza, el Municipio tomó la determinación de informar a cada familia que tiene un integrante fallecido y alojado en uno de los nichos hace más de veinte años, del vencimiento del plazo permitido, para que decida qué hacer.

A fines de junio de 2020 se inició el relevamiento de las personas fallecidas alojadas en los nichos municipales y se buscó contactar a los familiares de distintos modos: por el Sistema RAFAM, por el Libro del Cementerio y también a través de diferentes medios de comunicación (prensa y redes sociales).

En agosto se desarrolló una “encuesta tipo” para que fuera completada por las familias a medida que se lograra ubicarlas. Y los resultados fueron buenos, pudiendo contactarse a familiares de 90 fallecidos. Los nichos municipales ocupan dos espacios, A y B, y cada uno tiene 55 lugares, estando ocupados 104 de los 110 que hay en total.

Terminadas las entrevistas posibles con la elección de las familias –en los casos que se acercaron ante la convocatoria- o la decisión de resolver de hecho por la Municipalidad frente a la ausencia de familiares, el saldo fue el siguiente:

– 56 familias eligieron el traslado al futuro Cementerio Parque de Beruti.

– Una (1) familia solicito el traslado al Cementerio Parque de Trenque Lauquen.

– Seis (6) familias optaron por un pedido de reducción de restos y el pase a nichos de la Cooperativa de Electricidad.

– Siete (7) familias decidieron trasladar urnas con restos a otros nichos familiares.

– Tres (3) familias resolvieron el traslado de restos a sepulturas particulares.

– Y en 33 casos se definió el traslado de los restos a Osario (por elección familiar o ausencia de familiares).

Para los casos de personas fallecidas sin familiares se inició un Expediente administrativo publicando los respectivos edictos conforme a lo normado por los Artículos 39, 51 , 52 , 53, 54 y 55 de la Ordenanza 4576/2016 en el Diario local, en Redes Sociales y en banners en dependencias municipales con la listas de fallecidos cuyos familiares no habían concurrido para decidir.

Y fue en función de cada uno de los pasos dados, del respeto por la normativa vigente y del derecho de los familiares a tomar la determinación que consideraran más conveniente, y de las alternativas para darle una solución definitiva a la problemática, que el Departamento Ejecutivo proyecta la creación del Cementerio Parque de Beruti.