VISTO:
La necesidad de resolver las cuestión generada por las deudas de Tasas y contribuciones por mejoras, correspondientes a los inmuebles ubicados en el partido de Trenque Lauquen; y,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe tratar de regularizar las diferentes situaciones originadas por los montos adeudados al municipio en concepto de tasas y contribuciones por mejoras;
Que a través de los organismos contables de la comuna, se ha procedido a la intimación de deudas, arrojando las mismas un resultado negativo;
Que la Dirección de Asuntos Legales, debe proceder en consecuencia, a iniciar los correspondientes juicios de apremio, conforme a los art. 107, 108 inc. 12, 117 y concordantes de la ley Orgánica de Municipalidades.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, en uso de las facultades legales que le son propias:
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Iníciese JUICIO DE APREMIO contra el o los propietarios del inmueble, designado con la partida 650 del Partido de Trenque Lauquen, por la deuda que mantiene dicho inmuebles en concepto de tasas.-
ARTÍCULO 3º.- La Dirección de Fiscalización, procederá a bloquear las cuentas por tasas y contribuciones por mejoras del inmueble mencionado en el Artículo 1° del presente.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido Archívese.-
Dr. Juan Simón Pérez
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen