VISTO:
El informe remitido por la Dra. María Clara Cicconi, Juez de Faltas de la Municipalidad de Trenque Lauquen, relativo a la Causa Nº 5.714/15; y,
CONSIDERANDO:
Que en la referida causa seguida contra Lucas CARRILLO; D.N.I. Nº 32.989.512, se ha procedido al secuestro de una motocicleta que poseía el caño de escape modificado, generando ruidos molestos;
Que atento no ser el caño de escape reglamentario y de conformidad con lo previsto en la Legislación vigente, la Señora Jueza de Faltas ha procedido al Decomiso del mismo, poniéndolo a disposición del Departamento Ejecutivo para su disposición final;
Que atento lo antes descripto, corresponde proceder a la Destrucción del caño de escape antirreglamentario;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, en uso de las facultades legales que le son propias:
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Procédase a la inutilización total mediante destrucción del caño de escape
modificado, que fuera decomisado en Causa Nº 5.714/15 del Juzgado de Faltas.-
ARTICULO 2º: Encomiéndese la tarea mencionada al Director de Contralor General. Del
procedimiento de destrucción se deberá labrar un acta y toma de placas fotográficas.-
ARTICULO 3º: Cumplido, comuníquese al Juzgado de Faltas sobre su disposición final.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.-
Dr. Juan Simón Pérez
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen