VISTO:
El traslado del féretro de BRUCART, DOMINGO JORGE; desde el nicho Nº 73 del Panteón Cooperativo Nº 13PA de la ciudad de Trenque Lauquen que ocupaba desde la fecha de su fallecimiento (07/05/2.002) al Cementerio Parque V – B – 6 – 19, del Cementerio de Trenque Lauquen, y;
CONSIDERANDO:
Que debe reestablecerse la vigencia del permiso otorgado a la Cooperativa Eléctrica por los nichos construidos, cuyo plazo era de TREINTA (30) AÑOS;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN:
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Reestablécese la vigencia del permiso otorgado a la Cooperativa Eléctrica de Trenque Lauquen, por el plazo de QUINCE (15) AÑOS Y DIEZ (10) MESES hasta el 07/05/2.032, respecto del NICHO Nº 73 DEL PANTEÓN COOPERATIVO Nº 13PA, con motivo del traslado del féretro de BRUCART, DOMINGO JORGE; al Cementerio Parque V – B – 6 – 19– del Cementerio de Trenque Lauquen.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y Archívese.-
Dr. Juan Simón Pérez
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen