VISTO:
El traslado del féretro de ANDRADES, HÉCTOR RUBÉN; desde el nicho Nº 48 del Panteón Cooperativo Nº 26 de la ciudad de Trenque Lauquen que ocupaba desde la fecha de su fallecimiento (09/10/2.014) a nichera particular de Familia Alda I – A – 5 – 25, del Cementerio de Trenque Lauquen, y;
CONSIDERANDO:
Que debe reestablecerse la vigencia del permiso otorgado a la Cooperativa Eléctrica por los nichos construidos, cuyo plazo era de TREINTA (30) AÑOS;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN:
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Reestablécese la vigencia del permiso otorgado a la Cooperativa Eléctrica de Trenque Lauquen, por el plazo de VEINTIOCHO (28) AÑOS Y OCHO (8) MESES hasta el 31/12/2.044, respecto del NICHO Nº 48 DEL PANTEÓN COOPERATIVO Nº 26, con motivo del traslado del féretro de ANDRADES, HÉCTOR RUBÉN; a nichera particular de Familia Alda I – A – 5 – 25– del Cementerio de Trenque Lauquen.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y Archívese.-
Dr. Juan Simón Pérez
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen