El Intendente Municipal, Raúl Feito, envió una carta al Presidente del Honorable Concejo Deliberante, con fecha 19 de septiembre, para solicitar que ese cuerpo analice y resuelva una situación de incongruencia generada, en palabras del Jefe Comunal, “por una incompatibilidad entre los instrumentos emanados por el HCD, que debe ser resuelta por ese organismo”.
Feito solicita en su nota que “se analice, evalúe y resuelva la particular situación creada a raíz del rechazo del veto emanado por el DE mediante el Decreto 1175/14, y lo requerido mediante la Comunicación Nº 2088/14, toda vez que mediante el Decreto 1566/14 se rechaza el veto y se remite la Ordenanza que sustituye la Sección II de la Ordenanza Nº 143/90, para su promulgación.
Mediante la misma, al sustituirse la Sección II de la Ordenanza 143/90, se elimina el artículo 13 que disponía, entre otros, la creación del Comité de Tumores.
Por otra parte, mediante la Comunicación Nº 2088/14 se solicita al DE que instrumente la puesta en funcionamiento en el ámbito municipal del Comité de Tumores establecido mediante la Ordenanza 143/90.
Ambos instrumentos emanados por el HCD en idéntica fecha resultan incoherentes entre sí. En efecto, si se promulga la Ordenanza vetada, el llamado Comité de Tumores no existe en la misma, dado que se sustituyó la Sección II, eliminando la redacción original del art. 13, donde se contemplaba su creación, de manera que la Comunicación Nº 2088/14 es de imposible cumplimiento.
Por todo ello surge la pregunta: cuál de las dos Ordenanzas se considera entonces vigente? La 143/90 en su redacción original o la modificada mediante la Ordenanza que fuera vetada por el DE, y rechazado el veto por el HCD?.
Es evidente que existe una incompatibilidad entre los instrumentos emanados por el HCD que sebe ser resuelta por ese organismo, independientemente que, en el caso, podríamos hallarnos ante un conflicto de poderes”.