La Dirección de Obras Particulares del Municipio informa que ha habido cambios en la normativa vigente sobre el arbolado público, en las obras nuevas, remodelaciones de obras existentes, remodelación y reparación de veredas y también para la presentación de empadronamientos.
En los casos mencionados los profesionales deberán indicar el arbolado existente y proyectar la colocación de los faltantes, al presentar la documentación.

Desde la dirección a cargo de Mariano Martorano se informa que los habitantes frentistas (propietarios o no), son responsables de la conservación, cuidado y reposición de los árboles colocados en la acera respectiva. En los edificios de propiedad horizontal será responsable el consorcio o su administración. De no existir, lo será quien usufructúe la planta baja.
En caso de presentación de planos de obra nueva y/o empadronamientos de construcciones no declaradas, deberá incluirse el proyecto de arbolado que será estudiado por la dependencia correspondiente.
A la hora de elegir un árbol, la Dirección de Obras Particulares, recomienda tener en cuenta:
-Tamaño adulto de la especie
– tipo de follaje (perenne o caduco)
– ancho de vereda
– altura de cables
– existencia de caños
NO se recomiendan: Branquiquito, Roble sedoso
SE PROHIBEN: álamos, sauces, eucaliptos, casuarina, olmo siberiano, pinos, cipreses, araucarias, ombú, arbustos.